25.01.2007
Situacion CADIVI - Venezuela
La Comisión de Administración de Divisas informó que a partir del 1º de enero de 2007, cuando los usuarios del sistema consignen los documentos del cierre de importación ante el operador cambiario (Banco comercial) y la factura comercial (emitida por el exportador extranjero) cuente con más de 45 días de vencimiento, deberán presentar adicionalmente la Certificación de Deuda, como requisito indispensable para que se le aprueben las divisas.

